El 28 de julio de 2023 se publicó el Reglamento 1545/2023, que modifica el Reglamento sobre cosméticos 1223/2009, que se publicará el próximo 17 de agosto para su aplicación.
Esta nueva actualización normativa supone sin duda retos adicionales para nuestras empresas. El Reglamento 1545/2023 introduce normas más estrictas en materia de seguridad de los ingredientes y las formulaciones de los productos cosméticos. Modifica el anexo 3 (Sustancias reguladas) del Reglamento sobre cosméticos 1223/2009, aumentando el número de sustancias alergénicas de 24 a 82. Estas 58 sustancias naturales o sintéticas adicionales deberán aparecer en nuestros etiquetados siempre que formen parte de la composición de nuestros productos en concentraciones superiores a 0,01 % para los productos que se aclaran y 0,001% para los productos que no se aclaran, como anteriormente.
Entre estas sustancias se encuentran, entre otras, las siguientes sustancias naturales:
- Aceites esenciales y extractos de:
- Cedro del Atlas
- Pino
- Pachulí
- Rosa
- Los absolutos de Verbena
- El aceite esencial de:
- Limón
- Naranja dulce
- Eucalipto
- Menta, menta verde y menta piperita
- Narciso
- Sándalo
Deberán notificarse como tales, pero también deberán notificarse, en su caso, las demás sustancias alergénicas que contengan. Por ejemplo, en el caso del aceite esencial de naranja dulce, ya no solo deberán aparecer los alérgenos limoneno y linalool (si procede), sino también «..., Citrus Aurantium Dulcis Peel Oil, limoneno, linalool» (si procede).
Esta restricción podría requerir ajustes importantes en nuestros procesos de etiquetado y actualizaciones de nuestros DIP.
Del mismo modo, la 51.ª enmienda de la IFRA impone nuevas restricciones a una docena de sustancias aromáticas. Entre ellas se encuentran el geraniol y el eugenol, muy comunes en nuestros productos, cuyos límites máximos se han reducido.
No dude en consultar nuestro artículo relativas a las modificaciones introducidas por la 51.ª enmienda.
Entendemos perfectamente que estas nuevas normativas pueden percibirse como una restricción para nuestras actividades. Sin embargo, es fundamental destacar que el cumplimiento de estas normas reforzadas es crucial para garantizar la seguridad de los consumidores y mantener la confianza en nuestros productos.
Como proveedor de soluciones para la industria cosmética y jabonera, nuestro objetivo es acompañarle en este periodo de transición. Estamos preparados para proporcionarle la experiencia necesaria para ayudarle a comprender y aplicar estos nuevos requisitos normativos.
No dude en Contáctenos para hablar sobre los retos específicos a los que se enfrenta su empresa y las medidas que podemos tomar juntos para superar estos obstáculos.
Mantengámonos unidos y convirtamos estas restricciones normativas en oportunidades de crecimiento y mejora continua para nuestro sector.